Lesiones personales

Abogados de accidentes de bicicleta en California

¿Lo chocó un carro o un camión mientras andaba en bicicleta, o en bicicleta eléctrica (e-bike), en California? Wilshire Law Firm representa a ciclistas lesionados en todo el estado, también cuando el accidente de bicicleta lo causó un bache o una calle en mal estado. Revisamos su caso gratis, 24/7. Sin honorarios a menos que usted reciba pago. Uno de nuestros acuerdos, de $9.5 millones, fue para un ciclista que sufrió lesiones graves en la cabeza al caer por un bache en el condado de Riverside. Cada caso es diferente, y los resultados anteriores no garantizan un resultado similar. Hablamos español.

Abogados de accidentes de bicicleta en California
  • $3B+Recuperados
  • 7XPremios "Mejor Bufete de Abogados"
  • 24/7Disponibilidad y apoyo
  • 500+Profesionales legales

Puntos clave

  • En California, quien anda en bicicleta tiene los derechos de un conductor (Código de Vehículos, §21200). El conductor que lo rebasa en la misma dirección debe dejarle al menos tres pies. Si hay otro carril disponible, debe cambiarse a ese carril antes de rebasar, cuando sea posible y no esté prohibido (§21760).
  • Solo los menores de 18 años están obligados a usar casco (Código de Vehículos, §21212). Si la defensa le echa la culpa al ciclista, la negligencia comparativa pura de California puede reducir su compensación, pero no eliminarla (Li v. Yellow Cab Co. (1975) 13 Cal.3d 804).
  • Por lo general, la demanda por lesiones vence a los dos años del choque (Código de Procedimiento Civil, §335.1). El reclamo por los daños a la bicicleta vence a los tres años (§338(c)(1)).
  • Si un bache, una calle mal diseñada o un vehículo del gobierno causó el choque, primero hay que presentar un reclamo por escrito ante la entidad pública dentro de seis meses (Código de Gobierno, §911.2).
  • Si el conductor no tenía seguro suficiente o se dio a la fuga, su propia cobertura contra conductores sin seguro o con seguro insuficiente puede pagar, aunque usted iba en bicicleta. En un choque con fuga, esa cobertura exige contacto físico del vehículo con usted y un reporte a la policía dentro de 24 horas. También exige una declaración bajo juramento a su aseguradora dentro de 30 días (Código de Seguros, §11580.2).

Actualizado el Fuentes: Código de Vehículos §§21200, 21201, 21202, 21206, 21209, 21212, 21717, 21760, 21801, 22517 · Código de Procedimiento Civil §§335.1, 338, 352 · Código de Gobierno §§911.2, 945.6 · Código de Seguros §11580.2 · Código de Evidencia §§351.2, 669 · Li v. Yellow Cab Co. (1975) 13 Cal.3d 804

Entienda su caso

Explore recursos esenciales sobre sus derechos, sus opciones y qué esperar: todo lo que necesita para navegar el proceso legal, en un solo lugar.

Algunos de nuestros acuerdos en casos de ciclistas:

  • $9.5 millones (2023, condado de Riverside): un bache hizo caer a un ciclista, que sufrió lesiones graves en la cabeza. Los reclamos contra las entidades públicas alegaron una condición peligrosa de la vía.
  • $5 millones (2022, Ontario): un camión comercial rozó a un ciclista en una salida de la autopista. El ciclista sufrió una lesión en la cabeza y murió alrededor de una semana después.
  • $2.2 millones (2025, condado de Los Ángeles): un conductor de entregas de comida que daba vuelta a la izquierda golpeó a un ciclista que llevaba casco.
  • $2 millones (2024, Riverside): una camioneta pickup comercial que daba vuelta a la izquierda golpeó por detrás a un ciclista en un carril de bicicleta. El ciclista sufrió una lesión grave en el brazo.
  • $1.6 millones (2026, Sacramento): una camioneta pickup que daba vuelta a la izquierda golpeó a un ciclista que cruzaba la intersección con la luz verde para peatones. El ciclista sufrió lesiones graves en la espalda.
  • $250,000 (2026, Los Ángeles): un conductor que daba vuelta no cedió el paso y golpeó a un ciclista que cruzaba la intersección con la luz verde.

Encontrará más casos como estos en nuestra página de acuerdos y veredictos. Cada caso es diferente, y los resultados anteriores no garantizan un resultado similar.

Muchos casos de bicicleta se ganan con una regla de tránsito que el conductor no cumplió. Si esa infracción causa el tipo de daño que la ley busca prevenir, se presume que el conductor fue negligente (Código de Evidencia, §669). Estas son las reglas que más se repiten:

  • Abrir la puerta (dooring): nadie puede abrir la puerta de un vehículo del lado del tráfico hasta que sea razonablemente seguro hacerlo. Además, tiene que poder abrirla sin estorbar a quienes vienen circulando (Código de Vehículos, §22517).
  • Carriles de bicicleta: un vehículo motorizado solo puede circular por un carril de bicicleta para estacionarse o para entrar o salir de la vía. También puede hacerlo para prepararse a dar vuelta, dentro de los 200 pies antes de la intersección (§21209). Si va a dar vuelta cruzando ese carril, el conductor primero debe entrar al carril de bicicleta y después dar la vuelta (§21717).
  • Vuelta a la izquierda: el conductor que da vuelta a la izquierda debe ceder el paso al tráfico que viene de frente lo bastante cerca como para ser un peligro (§21801). El ciclista tiene los mismos derechos que cualquier conductor (§21200).

Muchos choques de bicicleta se deben a un descuido del conductor que se podía evitar. Entre las causas que vemos con más frecuencia están:

  • manejar distraído o bajo los efectos del alcohol o las drogas
  • no ceder el paso en las intersecciones
  • los cambios de carril inseguros
  • abrir la puerta de un carro estacionado sin fijarse si viene un ciclista
  • las malas condiciones de la calle.

Incluso un choque a baja velocidad puede dejarle a un ciclista huesos rotos, lesiones en la cabeza o lesiones de la médula espinal. Por eso es clave establecer quién fue negligente.

Por lo general, un ciclista lesionado en California puede reclamar daños económicos y no económicos, como:

  • las cuentas médicas y de rehabilitación, actuales y futuras
  • los ingresos perdidos y la pérdida de la capacidad de generar ingresos
  • los daños a la bicicleta y al equipo, como el casco, la ropa o los aparatos que llevaba
  • el dolor y el sufrimiento.

Cada caso es distinto. En una consulta gratis revisamos con usted sus pérdidas.

  1. Busque atención médica de inmediato, aunque las lesiones parezcan leves.
  2. Llame a la policía y reporte el choque.
  3. Tome fotos del lugar, de los vehículos, de su bicicleta y de sus lesiones.
  4. Pídale al conductor su nombre y los datos de su seguro. Anote también los nombres y teléfonos de los testigos.
  5. Hable con un abogado de accidentes de bicicleta antes de darle una declaración grabada a cualquier aseguradora.

Guarde también la bicicleta y el casco tal como quedaron, porque pueden servir como prueba.

Reseñas de clientes


“Wilshire Law Firm respondió muy rápido sobre mi caso… fueron muy amables y serviciales, y se aseguraron de que yo entendiera todos los hechos. Recomendaría [Wilshire Law Firm] a cualquiera que busque lo mejor; son el número uno. Gracias a Wilshire y a su personal por hacer que las cosas se sintieran más fáciles.”

Angela B.

Bicycle Accident

$9.5M

Riverside County bicycle accident settlement: a pothole made a rider fall, leaving serious head injuries. Claims against public entities alleged a dangerous road condition.

Bicycle Accident

$2.2M

Los Angeles County bicycle accident settlement: a food-delivery driver turning left hit a cyclist wearing a helmet, causing head pain and dizziness plus arm and leg pain.

Bicycle Accident

$2.0M

Riverside bicycle accident settlement: a commercial pickup turning left hit a cyclist from behind in a bike lane, causing a serious arm injury and other injuries.

Bicycle Accident

$1.6M

Sacramento bicycle accident settlement: a left-turning pickup struck a cyclist crossing an intersection on a pedestrian green light, causing serious back and other injuries.

Bicycle Accident

$250K

Los Angeles bicycle accident settlement: a turning driver failed to yield and hit a cyclist riding through an intersection with a green light, causing leg injuries.

Los resultados anteriores no garantizan resultados similares. Cada caso es único y se evalúa según sus circunstancias específicas.

Cómo funciona

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Todo comienza con una llamada. A partir de ahí, nos encargamos de todo: construimos su caso, enfrentamos a las compañías de seguros y corporaciones, y luchamos por su futuro. Así es como funciona...

1

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2

Un equipo poderoso de su lado

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Buscamos la máxima compensación

Ya sea mediante un acuerdo o un juicio, lucharemos para obtener la compensación económica que le corresponde.

¿Tengo derecho a reclamar si me chocaron en bicicleta en California?

Tres cosas deciden si tiene un reclamo:

  • La culpa: el choque lo causó el descuido de otra parte, como un conductor distraído o una calle en condiciones peligrosas.
  • Los daños: sus pérdidas, como las cuentas médicas, los ingresos que dejó de ganar y la bicicleta dañada.
  • Las pruebas: las fotos, las declaraciones de los testigos y el reporte de la policía.

En California hay un plazo legal para reclamar. ¿Quiere saber si tiene un caso? Pida una consulta gratis con nuestro equipo.

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RESULTADOS SIN PRECEDENTES

Ganadores de los acuerdos #1 de TopVerdict en California

Nuestros abogados han recuperado miles de millones de dólares, incluidas algunas de las indemnizaciones más importantes de California.

17acuerdos #1 en California, 2022–2024*

TopVerdict #1Acuerdos #1 de TopVerdict.com

1 de 17

  • #1 Truck v. Pedestrian Accident Settlement — California (2024)

    #1 Truck v. Pedestrian Accident Settlement

    2024

  • #1 Multi-Vehicle Accident Settlement — California (2024)

    #1 Multi-Vehicle Accident Settlement

    2024

  • #1 Equipment Malfunction Settlement — California (2024)

    #1 Equipment Malfunction Settlement

    2024

  • #1 Car v. Stationary Object Collision Settlement — California (2024)

    #1 Car v. Stationary Object Collision Settlement

    2024

  • #1 Bus v. Passenger Accident Settlement — California (2024)

    #1 Bus v. Passenger Accident Settlement

    2024

  • #1 Whistleblower Retaliation Settlement — California (2023)

    #1 Whistleblower Retaliation Settlement

    2023

  • #1 Underinsured Motorist Settlement — California (2023)

    #1 Underinsured Motorist Settlement

    2023

  • #1 Slip & Fall Accident Settlement — California (2023)

    #1 Slip & Fall Accident Settlement

    2023

  • #1 Negligent Security Settlement — California (2023)

    #1 Negligent Security Settlement

    2023

  • #1 Ladder Accident Settlement — California (2023)

    #1 Ladder Accident Settlement

    2023

  • #1 Hotel Premises Liability Settlement — California (2023)

    #1 Hotel Premises Liability Settlement

    2023

  • #1 Car v. Car Collision Settlement — California (2023)

    #1 Car v. Car Collision Settlement

    2023

  • #1 Bicycle Accident Settlement — California (2023)

    #1 Bicycle Accident Settlement

    2023

  • #1 Pregnancy Discrimination Settlement — California (2022)

    #1 Pregnancy Discrimination Settlement

    2022

  • #1 Age/Disability Discrimination Settlement — California (2022)

    #1 Age/Disability Discrimination Settlement

    2022

  • #1 Wrongful Termination Settlement — California (2022)

    #1 Wrongful Termination Settlement

    2022

  • #1 Meal & Rest Breaks Settlement — California (2022)

    #1 Meal & Rest Breaks Settlement

    2022

*Los acuerdos #1 en California han sido otorgados por TopVerdict.com. Los resultados pasados no garantizan resultados similares.

Preguntas frecuentes

Nuestras preguntas más frecuentes

Respondimos las más comunes aquí. Si la suya no aparece, llámenos — estamos disponibles 24/7.

Sí. Los ciclistas tienen los derechos de un conductor y algunas reglas propias:

  • Los mismos derechos y deberes: quien anda en bicicleta en una vía pública tiene todos los derechos del conductor de un vehículo. También tiene que seguir las mismas reglas, salvo las que por su naturaleza no pueden aplicarse (Código de Vehículos, §21200).
  • Tres pies para rebasar: el conductor que rebasa a un ciclista en la misma dirección debe dejarle al menos tres pies. Si hay otro carril disponible en esa dirección, primero debe cambiarse de carril, si es posible y no está prohibido (§21760).
  • Casco para menores: los ciclistas menores de 18 años deben usar casco (§21212).
  • Circular a la derecha: si va más despacio que el tráfico, el ciclista debe ir lo más cerca posible de la orilla o del borde derecho de la vía. Hay excepciones: al rebasar, al prepararse para dar vuelta a la izquierda o para evitar peligros. La regla tampoco se aplica en un carril demasiado angosto para compartirlo con un vehículo, ni al acercarse a un lugar donde se permite dar vuelta a la derecha (§21202).
  • Luces de noche: una luz blanca al frente, visible desde 300 pies, y un reflector rojo o una luz roja atrás, visible desde 500 pies. También hacen falta reflectores en los pedales (o en los zapatos o tobillos del ciclista) y a los lados (§21201).
  • Banquetas: cada ciudad y cada condado puede fijar sus propias reglas para andar en bicicleta en la banqueta (§21206).

Cuando un conductor no cumple las reglas de tránsito y lesiona a un ciclista, por lo general el ciclista puede presentar un reclamo por lesiones personales.

No le quita el derecho a reclamar, aunque la defensa puede usarlo para pedir que se reduzca la compensación. La ley de California solo exige el casco a los ciclistas menores de 18 años (Código de Vehículos, §21212). A un ciclista adulto no se le niega la compensación solo porque no lo llevaba puesto.

La defensa podría alegar que un casco habría reducido las lesiones en la cabeza. Pero con la negligencia comparativa pura de California, ese argumento, si prospera, reduce la cantidad de la compensación. No elimina el reclamo (Li v. Yellow Cab Co. (1975) 13 Cal.3d 804).

La mayoría de las demandas por lesiones personales después de un choque en bicicleta deben presentarse dentro de los dos años siguientes al choque (Código de Procedimiento Civil, §335.1). Para los daños a la bicicleta y al equipo hay tres años (§338).

Si el choque involucra a una entidad de gobierno, por ejemplo por un bache o un vehículo de la ciudad, el plazo es mucho más corto. Primero hay que presentar un reclamo por escrito en los seis meses siguientes al accidente (Código de Gobierno, §911.2). Si la entidad lo rechaza por escrito, la demanda se presenta dentro de los seis meses siguientes a ese aviso (§945.6).

Si el ciclista es menor de 18 años, los dos años por lo general empiezan a contar cuando cumple 18 (Código de Procedimiento Civil, §352). Esto no aplica al reclamo de seis meses ante una entidad pública. Un plazo vencido puede cerrar el caso, así que no deje pasar estas fechas.

Es posible que pueda recibir compensación de la cobertura contra conductores sin seguro o con seguro insuficiente de su propia póliza de carro (Código de Seguros, §11580.2). Esa cobertura también puede proteger a un ciclista lesionado por un conductor culpable que no tenía seguro suficiente o que se dio a la fuga.

Si el conductor se dio a la fuga, la cobertura exige tres condiciones:

  • que el vehículo haya tenido contacto físico con usted
  • que el choque se reporte a la policía o a la Patrulla de Caminos de California (CHP) dentro de 24 horas
  • que usted le entregue a su aseguradora una declaración bajo juramento dentro de 30 días.

Revisamos su póliza y la de los familiares que viven con usted para encontrar todas las fuentes de compensación.

Sí. California aplica la negligencia comparativa pura, que adoptó la Corte Suprema de California en Li v. Yellow Cab Co. Un ciclista lesionado puede recibir compensación aunque haya tenido parte de la culpa. La cantidad se reduce según su porcentaje de responsabilidad, pero no se elimina. Esto importa en los casos de bicicleta, porque los conductores muchas veces le echan la culpa al ciclista. Las pruebas que se reúnen pronto, como videos, fotos y testigos, ayudan a responder a esas acusaciones.

Sí. Puede reclamar por sus lesiones como cualquier otra persona lesionada en California. En una demanda por lesiones personales, por lo general, su estatus migratorio no se puede presentar como prueba. Tampoco se puede investigar durante el proceso (Código de Evidencia, §351.2). Lo que cuenta es cómo ocurrió el choque y qué perdió usted. Lo que nos cuente en la consulta es confidencial.

Nada por adelantado. Wilshire Law Firm trabaja con base en honorarios de contingencia, así que no hay honorarios a menos que usted reciba pago. Las evaluaciones de casos son gratuitas y están disponibles 24/7.

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