Lesiones personales

Abogados de responsabilidad civil de la propiedad en California

¿Se lesionó en un local, un edificio, un apartamento o cualquier propiedad ajena en California? Wilshire Law Firm representa en todo el estado a personas lesionadas en propiedades inseguras. Revisamos su caso gratis, 24/7. Sin honorarios a menos que usted reciba pago. Nuestros abogados de accidentes en locales y propiedades ajenas buscan a todos los posibles responsables: el dueño, el administrador, el arrendador o una empresa de seguridad. En 2026 logramos un acuerdo de $3 millones para el residente de un complejo de apartamentos del condado de Ventura: un árbol del terreno cayó sobre su vehículo cuando salía. Cada caso es diferente, y los resultados anteriores no garantizan un resultado similar. Hablamos español.

Abogados de responsabilidad civil de la propiedad en California
  • $3B+Recuperados
  • 7XPremios "Mejor Bufete de Abogados"
  • 24/7Disponibilidad y apoyo
  • 500+Profesionales legales

Puntos clave

  • El deber del dueño: quien es dueño de una propiedad o la controla debe tener un cuidado ordinario en su manejo. Que usted fuera invitado, cliente o alguien sin permiso puede influir, pero no decide el caso por sí solo (Código Civil, §1714(a); Rowland v. Christian (1968) 69 Cal.2d 108).
  • Si el dueño le echa la culpa: la culpa compartida reduce su compensación según su porcentaje, pero no le impide cobrar (Li v. Yellow Cab Co. (1975) 13 Cal.3d 804).
  • Plazo para demandar: por lo general, dos años, tanto por sus lesiones como por la muerte de un familiar causada por una propiedad insegura (Código de Procedimiento Civil, §335.1).
  • Propiedad pública: el reclamo administrativo vence a los seis meses (Código de Gobierno, §911.2). La entidad responde solo si el lugar estaba en condición peligrosa, esa condición causó la lesión y creaba un riesgo previsible de ese tipo de daño. Además, se necesita que un empleado haya creado el peligro, o que la entidad lo conociera, o debiera conocerlo, con tiempo suficiente para tomar medidas de protección contra él (Código de Gobierno, §835).
  • Varios responsables: si responden el dueño y, por ejemplo, una empresa de mantenimiento, cada uno paga los daños no económicos, como el dolor y el sufrimiento, solo según su propio porcentaje de culpa (Código Civil, §1431.2).

Actualizado el Fuentes: Código Civil §§1431.2, 1714 · Código de Gobierno §§835, 835.2, 911.2, 945.6 · Código de Procedimiento Civil §§335.1, 352 · Rowland v. Christian (1968) 69 Cal.2d 108 · Delgado v. Trax Bar & Grill (2005) 36 Cal.4th 224 · Li v. Yellow Cab Co. (1975) 13 Cal.3d 804 · CDC, datos sobre ahogamientos

Entienda su caso

Explore recursos esenciales sobre sus derechos, sus opciones y qué esperar: todo lo que necesita para navegar el proceso legal, en un solo lugar.

Por lo general, dos años. Un buen caso contra el dueño no sirve si se presenta tarde. Revise estas fechas:

  • Sus propias lesiones: la demanda se presenta, por lo general, dentro de dos años desde el día de la lesión (Código de Procedimiento Civil, §335.1).
  • Muerte de un familiar por una propiedad insegura: también dos años, contados desde la muerte (Código de Procedimiento Civil, §335.1).
  • Escuela, parque, ciudad u otra entidad pública: el reclamo administrativo vence a los seis meses (Código de Gobierno, §911.2).
  • Si la entidad niega el reclamo por escrito: quedan seis meses, desde ese aviso, para iniciar la demanda (Código de Gobierno, §945.6).
  • Niños lesionados: el plazo de dos años en general no empieza hasta los 18 años (Código de Procedimiento Civil, §352). Pero el reclamo ante una entidad pública mantiene su plazo de seis meses.

Algunas situaciones cambian el cálculo. Verifique su fecha cuanto antes con un abogado.

Se aplican reglas especiales. Primero hay que presentar un reclamo administrativo ante la entidad dueña del lugar, como el distrito escolar, la ciudad o el condado. El plazo es de seis meses (Código de Gobierno, §911.2), y solo después se puede demandar.

Para que la entidad responda, tienen que cumplirse todas estas condiciones:

  • La propiedad estaba en una condición peligrosa.
  • Esa condición causó su lesión.
  • La condición creaba un riesgo previsible de ese tipo de daño.
  • Además, un empleado creó el peligro, o la entidad lo conocía, o debía conocerlo, con tiempo suficiente para tomar medidas de protección contra él.

Esas reglas están en el Código de Gobierno, §835. La entidad debía conocer el peligro si existió el tiempo suficiente y era tan evidente que, con el cuidado debido, debió descubrirlo. Para probarlo también sirve mostrar si un sistema de inspección razonable lo habría descubierto, y si la entidad tenía y usaba ese sistema con el cuidado debido (Código de Gobierno, §835.2(b)). Por eso pedimos pronto los registros de inspección y las quejas anteriores sobre el lugar.

Es la responsabilidad legal del dueño o del ocupante de una propiedad por las lesiones que causan las condiciones inseguras del lugar. En inglés se llama premises liability. En español también se dice responsabilidad de establecimientos o de propiedades.

Según el Código Civil, §1714(a), quien no tiene un cuidado ordinario en el manejo de su propiedad responde por el daño que causa. En la práctica, eso significa mantener el lugar razonablemente seguro y advertir a los visitantes de los peligros conocidos.

Va mucho más allá de las caídas. Estos casos ocurren en tiendas, apartamentos, hoteles, estacionamientos y otros lugares. Wilshire Law Firm maneja en todo California casos de:

En algunos casos, sí. El dueño o el administrador no responde por todo delito que ocurra en su propiedad. Pero sí puede responder si no tomó medidas razonables ante un riesgo previsible.

La Corte Suprema de California usa una escala (Delgado v. Trax Bar & Grill (2005) 36 Cal.4th 224):

  • Medidas costosas, como contratar guardias de seguridad: se exige una previsibilidad mayor. Normalmente se demuestra con incidentes parecidos que ya habían pasado en el lugar, u otras señales de un riesgo de agresiones violentas.
  • Medidas sencillas, que cuestan poco: basta con una previsibilidad razonable común.

Por eso, en estos casos importan los reportes de la policía sobre delitos anteriores, las quejas de inquilinos o clientes, y el estado de las cerraduras, las cámaras y la luz.

Los accidentes en propiedades inseguras pueden causar daños graves y permanentes. Entre los que vemos más seguido están:

En una piscina, según los CDC, un ahogamiento que no es mortal puede causar lesiones muy graves, como daño cerebral o una discapacidad permanente. Recibir atención médica pronto protege su salud y también su reclamo.

En California, una persona lesionada en una propiedad ajena por lo general puede reclamar:

  • Las cuentas médicas de hoy y las del tratamiento futuro.
  • Los ingresos que dejó de ganar y lo que ya no va a poder ganar en el futuro.
  • Los costos de rehabilitación.
  • El dolor y el sufrimiento.

Muchas veces hay más de un responsable: el dueño, el administrador, quien renta el local o una empresa de seguridad o de mantenimiento contratada. Cada uno puede tener su propio seguro. En los daños no económicos, como el dolor y el sufrimiento, cada responsable paga solo según su porcentaje de culpa (Código Civil, §1431.2). Por eso es tan importante encontrar a todos los responsables. Si el accidente causó la muerte de un ser querido, la familia puede tener derecho a presentar un reclamo por muerte injusta.

Algunos de los acuerdos que Wilshire Law Firm ha logrado en casos de accidentes en propiedades:

  • $3 millones (2026, condado de Ventura): un árbol del terreno de un complejo de apartamentos cayó sobre el vehículo de un residente cuando salía. La víctima sufrió dolor y molestias en el cuerpo.
  • $2.3 millones (2025, Los Ángeles): durante un incendio, en el que no sonó ninguna alarma, una persona encontró una salida bloqueada y saltó desde un apartamento de un segundo piso. Sufrió quemaduras extensas.
  • $1.3 millones (2024, Gardena): un inquilino que caminaba hacia un carro en una casa rentada pisó clavos que habían quedado tirados durante una remodelación del techo. Sufrió lesiones catastróficas.

Vea más en nuestra página de acuerdos y veredictos.

Cada caso es diferente, y los resultados anteriores no garantizan un resultado similar.

Reseñas de clientes


“Wilshire Law Firm respondió muy rápido sobre mi caso… fueron muy amables y serviciales, y se aseguraron de que yo entendiera todos los hechos. Recomendaría [Wilshire Law Firm] a cualquiera que busque lo mejor; son el número uno. Gracias a Wilshire y a su personal por hacer que las cosas se sintieran más fáciles.”

Angela B.

Premises Liability

$6.0M

Rialto premises liability settlement: a store's motorized cart rolled when its brakes did not hold, causing a shopper to fall onto concrete and suffer serious head and back injuries.

Premises Liability

$3.5M

Fullerton premises liability settlement: a loose apartment stair railing shifted as a person held it, causing a fall down the stairs and serious injuries to both arms.

Premises Liability

$3.0M

Ventura County premises liability settlement: a tree on the grounds of an apartment complex fell onto a resident's vehicle as the resident was leaving, causing pain and body soreness.

Premises Liability

$2.8M

Shasta County premises liability settlement: a child fell from an open hotel window that had no safety bars, suffering serious head, arm and other injuries.

Premises Liability

$2.3M

Los Angeles premises liability settlement: a person facing a blocked exit jumped from a second-floor apartment during a fire and suffered extensive burn injuries. No fire alarm sounded.

Premises Liability

$2.0M

Stockton premises liability settlement: a stair handrail broke during a home remodel, causing a person painting from a ladder to fall down the stairs and suffer serious leg injuries.

Premises Liability

$2.0M

San Diego County premises liability settlement: scalding tap water left a child with extensive burn injuries in a rental apartment where tenants had complained about the water temperature.

Premises Liability

$2.0M

Rancho Cucamonga premises liability settlement: an employee rushing out of a kitchen knocked a customer to the floor, causing leg, arm and back injuries.

Premises Liability

$1.4M

West Hollywood premises liability settlement: an uneven, patched walkway at a residential complex caused a resident to fall, resulting in serious leg injuries.

Premises Liability

$350K

Kern County premises liability settlement: a restroom stall door left unrepaired for over a year caused a serious injury to a child.

Los resultados anteriores no garantizan resultados similares. Cada caso es único y se evalúa según sus circunstancias específicas.

Cómo funciona

Una llamada. Nosotros nos encargamos del resto.

Todo comienza con una llamada. A partir de ahí, nos encargamos de todo: construimos su caso, enfrentamos a las compañías de seguros y corporaciones, y luchamos por su futuro. Así es como funciona...

1

Contáctenos 24/7

Solicite una evaluación gratuita de su caso llamándonos o completando nuestro formulario en línea.

2

Un equipo poderoso de su lado

Si podemos tomar su caso, emprenderemos acciones legales contundentes para responsabilizar a quien le hizo daño.

3

Buscamos la máxima compensación

Ya sea mediante un acuerdo o un juicio, lucharemos para obtener la compensación económica que le corresponde.

¿Cuándo es responsable el dueño de una propiedad por una lesión en California?

Un reclamo por una lesión en una propiedad tiene tres partes:

  • El deber: el dueño o el ocupante tenía que tener un cuidado ordinario en el manejo de la propiedad (Código Civil, §1714(a)). En la práctica, eso significa mantenerla razonablemente segura.
  • La falla: no corrigió ni advirtió de un peligro que conocía o debía conocer.
  • La causa: esa falla le causó a usted la lesión y sus pérdidas.

En general hay dos años para demandar, pero solo seis meses para presentar un reclamo ante una entidad pública. ¿Quiere saber si tiene un caso? Pida una consulta gratis.

Comparta esta página

Envíela a alguien a quien le pueda servir, o cópiela en ChatGPT, Gemini o sus notas.

Obtenga una evaluación gratuita de su caso

4.9 de 2,529 reseñas
  • Disponibles 24/7
  • Hablamos Español
  • Equipo de prestigio reconocido a nivel nacional
Como se ha visto en:

Lo contactaremos en cuestión de minutos

Sin honorarios a menos que usted reciba pago.

Al enviar este formulario, usted consiente de manera consciente, voluntaria y expresa en recibir de Wilshire Law Firm llamadas telefónicas, correos electrónicos y mensajes de texto SMS, incluidos los realizados mediante un sistema de marcación telefónica automática (auto-dialer), inteligencia artificial (IA) y/o mensajes de voz pregrabados o artificiales. Estas comunicaciones tienen el propósito de brindarle una consulta pronta sobre su posible caso. Usted entiende que, al proporcionar su número de teléfono, otorga permiso para ser contactado con este fin, incluso si su número está en un registro federal o estatal de No Llamar (Do-Not-Call). El consentimiento no es una condición para contratar a Wilshire Law Firm. Pueden aplicarse tarifas por mensajes y datos. Usted puede revocar su consentimiento para recibir llamadas, mensajes de texto o correos electrónicos en cualquier momento respondiendo "STOP" a cualquier mensaje de texto, llamando al 888-557-3271, completando el formulario en wilshirelawfirm.com/do-not-contact, o por cualquier otro medio razonable. Para más información, consulte nuestra Política de Privacidad.

RESULTADOS SIN PRECEDENTES

Ganadores de los acuerdos #1 de TopVerdict en California

Nuestros abogados han recuperado miles de millones de dólares, incluidas algunas de las indemnizaciones más importantes de California.

17acuerdos #1 en California, 2022–2024*

TopVerdict #1Acuerdos #1 de TopVerdict.com

1 de 17

  • #1 Truck v. Pedestrian Accident Settlement — California (2024)

    #1 Truck v. Pedestrian Accident Settlement

    2024

  • #1 Multi-Vehicle Accident Settlement — California (2024)

    #1 Multi-Vehicle Accident Settlement

    2024

  • #1 Equipment Malfunction Settlement — California (2024)

    #1 Equipment Malfunction Settlement

    2024

  • #1 Car v. Stationary Object Collision Settlement — California (2024)

    #1 Car v. Stationary Object Collision Settlement

    2024

  • #1 Bus v. Passenger Accident Settlement — California (2024)

    #1 Bus v. Passenger Accident Settlement

    2024

  • #1 Whistleblower Retaliation Settlement — California (2023)

    #1 Whistleblower Retaliation Settlement

    2023

  • #1 Underinsured Motorist Settlement — California (2023)

    #1 Underinsured Motorist Settlement

    2023

  • #1 Slip & Fall Accident Settlement — California (2023)

    #1 Slip & Fall Accident Settlement

    2023

  • #1 Negligent Security Settlement — California (2023)

    #1 Negligent Security Settlement

    2023

  • #1 Ladder Accident Settlement — California (2023)

    #1 Ladder Accident Settlement

    2023

  • #1 Hotel Premises Liability Settlement — California (2023)

    #1 Hotel Premises Liability Settlement

    2023

  • #1 Car v. Car Collision Settlement — California (2023)

    #1 Car v. Car Collision Settlement

    2023

  • #1 Bicycle Accident Settlement — California (2023)

    #1 Bicycle Accident Settlement

    2023

  • #1 Pregnancy Discrimination Settlement — California (2022)

    #1 Pregnancy Discrimination Settlement

    2022

  • #1 Age/Disability Discrimination Settlement — California (2022)

    #1 Age/Disability Discrimination Settlement

    2022

  • #1 Wrongful Termination Settlement — California (2022)

    #1 Wrongful Termination Settlement

    2022

  • #1 Meal & Rest Breaks Settlement — California (2022)

    #1 Meal & Rest Breaks Settlement

    2022

*Los acuerdos #1 en California han sido otorgados por TopVerdict.com. Los resultados pasados no garantizan resultados similares.

Preguntas frecuentes

Nuestras preguntas más frecuentes

Respondimos las más comunes aquí. Si la suya no aparece, llámenos — estamos disponibles 24/7.

Por lo general, tres cosas:

  • El dueño o el ocupante tenía el deber de mantener el lugar razonablemente seguro.
  • No cumplió ese deber: dejó una condición peligrosa o no advirtió de ella.
  • Eso causó su lesión.

El Código Civil, §1714(a), hace a cada persona responsable de las lesiones que cause por no tener un cuidado ordinario en el manejo de su propiedad. Muchas veces, lo decisivo es si el dueño conocía el peligro, o debía conocerlo, con tiempo para corregirlo. Si el lugar es de una ciudad, un condado o una agencia estatal, se suman otros requisitos y un plazo de seis meses para el reclamo (Código de Gobierno, §§835, 911.2).

¿Se cayó por un piso mojado, unas escaleras o una acera? Visite nuestra página de abogados de resbalones y caídas.

No necesariamente. California aplica la negligencia comparativa pura. Si usted tuvo parte de la culpa, su compensación baja según su porcentaje, pero igual puede cobrar.

Los dueños y las aseguradoras muchas veces alegan alguna de estas cosas:

  • que usted fue descuidado;
  • que el peligro estaba a la vista;
  • que usted no tenía por qué estar en esa área.

Cómo se divide la culpa puede cambiar de forma importante el valor de su caso. Por eso conviene reunir pronto fotos, testigos y cualquier aviso que el dueño haya recibido antes.

Posiblemente. En California, puede influir si usted era invitado, cliente o alguien que entró sin permiso, pero eso no decide el caso por sí solo. La Corte Suprema de California dijo que la pregunta es otra: si el dueño, en el manejo de su propiedad, actuó como una persona razonable ante la probabilidad de que otros se lesionaran (Rowland v. Christian (1968) 69 Cal.2d 108).

Por eso, un dueño puede tener ciertas obligaciones incluso con personas que no invitó. Esto pesa más con los niños atraídos por un peligro, como una piscina sin cerca o una obra abierta. Estos casos dependen de los detalles:

  • por qué estaba usted ahí;
  • qué sabía el dueño;
  • qué tan fácil era evitar el accidente.

Puede ser, sobre todo si se lesionó en un área que el arrendador todavía controla, como escaleras, pasillos, portones, estacionamientos o áreas comunes. En esas áreas, el arrendador debe tener un cuidado ordinario en el manejo de su propiedad (Código Civil, §1714(a)).

¿Usted u otros inquilinos reportaron un barandal flojo, una luz fundida en la escalera o una cerradura rota, y nadie lo reparó? Ese aviso puede ser una de las pruebas más importantes, porque muestra que el arrendador conocía el peligro. Guarde copias de sus solicitudes de reparación y de sus mensajes de texto y correos al administrador.

Si lo mordió el perro de otro inquilino, vea también nuestra página de abogados de mordeduras de perro.

Nada por adelantado. Wilshire Law Firm trabaja con base en honorarios de contingencia, así que no hay honorarios a menos que usted reciba pago. Las evaluaciones de casos son gratuitas y están disponibles 24/7.

Contenido relacionado

Nuestras Oficinas

Con oficinas en todo California, estamos cerca cuando nos necesita.

Visitas con cita previa.